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Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva

Manual de Fondos

 13.- ¿Qué es un Fondo de Inversión Garantizado?

Los fondos garantizados, son fondos de inversión que aseguran la consecución de un determinado objetivo de rentabilidad a quien realice su inversión en las condiciones que se especifiquen.

Este tipo de fondo implica dos operaciones:

La inversión: Consiste en la adquisición de participaciones, pero con la particularidad de que ha de realizarse en un periodo de tiempo predeterminado y por un plazo fijo. El incumplimiento del plazo conllevaría la aplicación de fuertes comisiones de reembolso.

La garantía: Las participaciones son objeto de un contrato entre el partícipe y una entidad financiera (que normalmente será la depositaria del fondo), mediante el cual se garantiza una rentabilidad mínima prefijada a una fecha determinada. Esta inversión habrá de mantenerse hasta dicha fecha para que la garantía pueda hacerse efectiva.

Hay que aclarar que para que un fondo pueda ser considerado "fondo garantizado", la inversión inicial debe estar garantizada en su totalidad. Al final del periodo de garantía podemos encontrarnos ante dos situaciones:

a) En el caso de que el fondo alcance el valor garantizado no actuará la garantía. El inversor podrá optar por reembolsar sus participaciones o por seguir siendo titular, sin que las futuras valoraciones de las participaciones sean cubiertas por la garantía.

b) Si a la fecha que pone fin al periodo de garantía, el valor liquidativo fuera inferior al valor garantizado, el banco garante satisfará al titular de las participaciones la diferencia puesta de manifiesto, sin necesidad de efectuar la transmisión o reembolso de las mismas.

En resumen, el instrumento que hemos descrito, limita su aplicación a unos determinados partícipes, los que suscriban participaciones en un periodo predeterminado y las mantengan hasta una fecha prefijada, no aplicándose a otros partícipes que puedan entrar en el fondo con posterioridad o a aquellos que reembolsen antes de la fecha fijada.

La multitud de posibilidades que ofrecen este tipo de fondos a la hora de ser configurados, hace que nos podamos encontrar con una amplia diversidad de los mismos. Sin embargo, si podemos clasificarlos en dos grandes grupos, en función de la rentabilidad que garantizan:

Fondos garantizados simples o de rentabilidad "cierta": Ofrecen una rentabilidad determinada, no sujeta a la evolución de los mercados. Por ejemplo: un fondo a tres años con 6% de rentabilidad neta anual.
Fondos garantizados mixtos o de rentabilidad "incierta": Además de garantizar una rentabilidad cierta (que en muchos casos puede limitarse simplemente a la recuperación del 100% del capital invertido), ofrecen una rentabilidad adicional referenciada en algún índice (generalmente el Ibex 35). Este rendimiento es incierto, ya que no se conoce cual va a ser la evolución del mismo. Por ejemplo: un fondo que garantiza a tres años el 100% del capital invertido más el 100% de la subida media del Ibex 35.

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